La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, desarrolla las medidas que deben ponerse en marcha para alcanzar el objetivo de igualdad entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo. Por lo que se refiere a la Región de Murcia, la Ley 7/2007, de 4 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protección contra la Violencia de Género en la Región de Murcia, modificada por la Ley 3/2019, de 20 de marzo, establece las medidas para la igualdad entre mujeres y hombres, entre la que se incluye la elaboración de planes de igualdad para las administraciones públicas y las entidades privadas.
Por su parte, con el fin de que exista un buen clima escolar y una convivencia pacífica y democrática en los centros escolares; se publicó el Decreto 16/2016, de 9 de marzo, por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Resolución de 13 de noviembre de 2017, de la DG de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa, por la que se dictan instrucciones para la mejora de convivencia escolar en los centros educativos.
Por otra parte, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ha elaborado una “Guía de actuación contra la violencia de género en el ámbito educativo” en los que se dan orientaciones y se establecen los procedimientos para la prevención, detección y la actuación que deben aplicar los centros educativos ante casos de violencia de género.
En este contexto, y aunque no es obligatorio por ley para los centros educativos disponer de un plan de igualdad, es indudable la eficacia de este plan para impulsar la igualdad de oportunidades y prevenir la discriminación por motivos de género. En este sentido siempre se ha de tener en cuenta que, conforme la Ley 7/2007, de 4 de abril, “las entidades públicas o privadas que desarrollen una planificación específica en materia de igualdad de mujeres y hombres deberán tener en cuenta la coherencia y complementariedad con los planes generales de Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres aprobados por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y con el resto de Planes de Igualdad de su ámbito territorial de actuación”.
El capítulo 1 de la LOMLOE se inspira en el principio que alude a la calidad de la educación para todo el alumnado sin que exista discriminación alguna por razón de nacimiento, sexo, origen racial o étnico, discapacidad, edad, enfermedad, religión, orientación sexual o identidad de género o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Datos para la Guía Didáctica:
Trabajos que han de Realizar los Participantes
La realización y presentación de un plan de igualdad computable por 3 horas de formación.
Transferencia al aula que se pretende conseguir
La actividad se diseña con el fin de incidir en los siguientes bloques de transferencia:
3. Entorno de trabajo.
- Incorporar técnicas y/o herramientas para mejorar el clima de convivencia escolar.
Otras informaciones de interés
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